Pocos temas generan tanto consenso en privado y tanta parálisis en público como el estado del sistema tributario español. Todos los expertos (de izquierda a derecha, nacionales e internacionales) coinciden en el diagnóstico: tenemos un sistema fragmentado, ineficiente y cada vez más desajustado frente a una economía que ha cambiado mucho más rápido que las leyes que la gravan.
Su diseño penaliza el trabajo y la inversión, introduce distorsiones innecesarias y presenta elevados costes de cumplimiento. La presión recae de forma excesiva sobre las rentas del trabajo y las bases más visibles, mientras que el sistema apenas grava el consumo, el uso de recursos o las externalidades negativas.
Y lo peor: cada legislatura añade más capas, más deducciones, más parches. Pero lo que hace falta no es otro ajuste coyuntural ni una subida (o bajada) de turno. Lo que hace falta es una reforma estructural: un rediseño serio, integral y técnicamente viable que simplifique, amplíe bases, reduzca distorsiones y ponga el foco donde debe estar: en el crecimiento, la inversión y el empleo formal.
En este post trato de recoger una propuesta en estaa dirección. Está basada en la evidencia, en la experiencia de países que funcionan mejor que nosotros y en principios fiscales bastante sencillos: eficiencia, neutralidad, libertad económica y equidad bien entendida. No se trata de recaudar más o menos. Se trata de recaudar mejor.
I. Diagnóstico. ¿Qué está fallando?
Hoy me vais a permitir que me extienda un poco más en el diagnóstico, porque, como he dicho, no quiero caer en la simplificación de plantear una bajada o subida de tal o cual impuesto; y por ello, necesito que se entienda qué es lo que creo que falla en el sistema tributario de España.
Nuestro sistema fiscal presenta una serie de debilidades estructurales que lastran su eficiencia recaudatoria, su neutralidad económica y su capacidad para adaptarse a los retos de crecimiento y sostenibilidad a largo plazo. No se trata simplemente de una cuestión de tipos impositivos altos o bajos, sino de una arquitectura fiscal mal diseñada, fragmentada, excesivamente dependiente de las rentas del trabajo y anclada en lógicas redistributivas que no han sabido adaptarse a los cambios demográficos, tecnológicos y económicos del siglo XXI.
1. Baja eficiencia recaudatoria
España recauda significativamente menos que otras economías avanzadas con tipos impositivos similares. Esta brecha no se debe a una fiscalidad más laxa, sino a una combinación de malas prácticas de diseño tributario:
En 2024, la presión fiscal fue del 37,2% del PIB, frente al 40,6% de la eurozona.
El sistema presenta una alta dependencia de figuras con bases estrechas, numerosas exenciones, deducciones y regímenes especiales que reducen el rendimiento de cada punto impositivo.
El IRPF, a pesar de que concentra una gran parte de la recaudación tributaria, lo hace con un diseño que penaliza el crecimiento y desincentiva el esfuerzo individual. Además, ha ido acumulando a lo largo del tiempo múltiples deducciones, regímenes especiales, beneficios fiscales… que reducen su eficiencia recaudatoria.
El IVA, con un tipo general del 21%, recauda menos que su equivalente europeo debido a una utilización extensiva de tipos reducidos y una aplicación parcial de las exenciones estructurales.
El Impuesto sobre Sociedades presenta una recaudación volátil, limitada por un uso intensivo de deducciones, compensaciones de bases imponibles negativas y planificación fiscal internacional.
2. Excesiva complejidad normativa
El sistema español presenta una elevada fragmentación normativa, con tributos estatales, autonómicos y locales que se solapan y generan una notable inseguridad jurídica:
Más de 200 figuras tributarias vigentes, muchas de ellas marginales, con escasa capacidad recaudatoria y alta conflictividad.
Regímenes forales y cesiones fiscales sin armonización efectiva, que dificultan la competencia fiscal ordenada y generan deslocalización tributaria interna.
Proliferación de normas con escasa calidad técnica, tramitadas por decreto-ley, sin memoria económica rigurosa ni evaluación ex post.
3. Distorsiones sobre el crecimiento y la inversión
El diseño del sistema actual introduce incentivos contrarios al crecimiento económico:
El Impuesto sobre Sociedades penaliza la financiación con capital propio, desincentiva la inversión en activos intangibles y genera un sesgo hacia el apalancamiento.
El IRPF concentra la carga en las rentas medias y altas del trabajo, con escaso margen para el ahorro y sin una integración clara con las prestaciones públicas.
Las deducciones fiscales favorecen a rentas altas o rentas inactivas, sin justificación redistributiva clara ni impacto medido sobre el comportamiento económico.
4. Desequilibrio en la composición del sistema (tax mix)
La estructura de ingresos públicos en España sigue muy centrada en la imposición directa sobre el trabajo y las cotizaciones sociales, con un peso reducido del consumo, la propiedad y los impuestos ambientales:
Las cotizaciones sociales empresariales suponen más del 28% del coste laboral, muy por encima de la media de la OCDE, y desincentivan la contratación indefinida.
Los impuestos medioambientales apenas representan un 1,8% del PIB, frente al 2,4% en la UE, y están pobremente diseñados en términos correctores.
La fiscalidad inmobiliaria se caracteriza por una triple imposición (IBI, IRPF imputado, IP) y por valoraciones catastrales desactualizadas.
5. Inestabilidad, falta de evaluación y escasa legitimidad social
El sistema tributario actual sufre de una doble crisis: técnica y de legitimidad. Cambia con frecuencia, no se evalúa sistemáticamente, y es percibido como injusto, complejo y punitivo.
La política fiscal se ha instrumentalizado como herramienta electoral, más que como instrumento racional de política económica.
No existe una cultura de evaluación independiente de beneficios fiscales o reformas tributarias. Y cuando se realizan recomendaciones, como en el Libro Blanco de la Reforma Tributaria o las realizadas por AIReF, se ignoran.
La percepción social de fraude es alta, y la moral fiscal se erosiona ante la falta de reciprocidad visible en servicios públicos. [Si estás leyendo esto en las fechas en las que lo he publicado, no hace falta que te ponga ejemplos].
II. Principios rectores para una reforma eficaz
Una reforma tributaria eficaz no se mide únicamente por su capacidad de aumentar la recaudación, sino por su efecto sobre el crecimiento económico, la asignación eficiente de recursos, la equidad entre contribuyentes y la sostenibilidad fiscal a largo plazo. En ese sentido, el diseño de una reforma tributaria ambiciosa, compatible con una economía dinámica y abierta, debería guiarse por los siguientes principios:
1. Eficiencia económica
Un buen sistema tributario no debe entorpecer el crecimiento, ni castigar la inversión, ni dificultar que la gente trabaje o consuma de forma razonable. Su diseño debería interferir lo menos posible en las decisiones económicas de empresas y ciudadanos.
Eso significa, por ejemplo, evitar tratamientos fiscales distintos para situaciones que son iguales, salvo que haya una razón clara para ello (como una externalidad ambiental, un fallo de mercado o un objetivo bien definido). También implica que los impuestos no deben favorecer a unos sectores frente a otros, ni hacer que una forma de organizar un negocio (por ejemplo, vía sociedad interpuesta) tenga ventajas artificiales sobre otra.
Además, conviene recordar algo importante: todos los impuestos generan algún coste para la economía. Por eso, hay que elegir con cuidado qué se grava. Es mejor centrarse en bases más estables, como el consumo, que en bases muy sensibles a los incentivos, como el trabajo o el ahorro productivo, donde un mal diseño puede frenar la actividad o empujarla hacia la economía informal.
2. Neutralidad e igualdad horizontal
Una regla básica de justicia fiscal es sencilla: si dos personas tienen la misma capacidad económica, deberían pagar lo mismo. Y si no lo hacen, el sistema está fallando.
Eso significa que el sistema tributario debe tratar igual a quienes están en una situación comparable, sin privilegios por sector, comunidad autónoma o tipo de contrato. Por ejemplo, no tiene sentido que dos personas que reciben la misma renta —una como pensión o subsidio, y otra como salario— tengan una carga fiscal distinta, como ocurre en España.
También es importante evitar que los impuestos castiguen las formas de actividad más productivas, como emprender, crear empleo formal o reinvertir beneficios. Hoy en día, el sistema a veces desincentiva justo lo que más necesitamos.
Y por último, la neutralidad exige que no haya ventajas arbitrarias entre autónomos y asalariados, entre pequeñas empresas y grandes grupos, o entre rentas del trabajo y del capital, salvo que haya una justificación clara.
En resumen: un sistema neutral no manipula los incentivos, no crea distorsiones artificiales y no genera agravios comparativos innecesarios. Es lo que permite que el sistema sea percibido como justo, y por tanto, que funcione a largo plazo.
3. Suficiencia y sostenibilidad
Un sistema fiscal tiene que ser capaz de financiar los servicios públicos y las funciones del Estado de forma estable y previsible, sin depender constantemente del endeudamiento ni poner en riesgo la economía.
Eso no significa que haya que recaudar lo máximo posible, sino recaudar lo necesario, y hacerlo de forma compatible con el crecimiento. Un sistema fiscal no puede asfixiar la actividad económica si quiere sostenerse en el tiempo.
Para que eso sea posible, los impuestos deben recaer sobre bases amplias, estables y difíciles de erosionar, en lugar de cargar siempre sobre los mismos o sobre actividades muy móviles o frágiles.
La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, lo resumió bien: la mejor forma de reducir el déficit no es solo subir impuestos, sino hacer crecer el PIB, es decir, el denominador de la ecuación. La consolidación fiscal debe venir más del crecimiento que de apretar aún más sobre las mismas bases estrechas.
Por eso, cualquier reforma debe revisar a fondo los beneficios fiscales, eliminar incentivos ineficaces y evitar cambios que puedan parecer atractivos a corto plazo, pero que comprometan la capacidad recaudatoria futura.
4. Simplicidad y seguridad jurídica
Cuando un sistema tributario es demasiado complejo, deja espacio al fraude, a la elusión y a la inseguridad jurídica. También hace que los recursos de la administración se destinen más a interpretar normas que a hacerlas cumplir.
La norma fiscal debe ser clara, predecible y estable. Tanto los contribuyentes como la propia Administración necesitan saber con antelación qué se paga, cuándo y por qué.
Simplificar no significa relajar el control. Significa reducir los costes de cumplimiento, facilitar que quien quiera cumplir lo haga sin necesidad de un asesor permanente y concentrar los esfuerzos de inspección en quienes realmente presentan riesgos elevados.
También hay que mejorar cómo se resuelven los conflictos. Hoy, litigar con Hacienda puede durar años. Necesitamos procedimientos más ágiles, plazos razonables y soluciones extrajudiciales eficaces que no obliguen a pasar por un juzgado para cada discrepancia.
En la práctica, esto exige unificar figuras tributarias que se solapan, eliminar regímenes especiales sin justificación clara, limitar el uso arbitrario de cláusulas antiabuso y aprovechar la digitalización para que el sistema sea más transparente, ágil y accesible.
5. Estabilidad normativa y evaluación ex post
Una reforma fiscal que aspire a ser útil no puede cambiar cada vez que cambia el gobierno. La estabilidad es parte de la legitimidad de un sistema tributario: si las reglas cambian constantemente, nadie planifica a largo plazo y la confianza se resiente.
Por eso, cualquier reforma con vocación estructural debe estar pensada para durar. Eso implica planificar con visión de medio plazo, establecer compromisos creíbles y evitar improvisaciones legislativas o medidas fiscales que se agotan a los pocos meses.
También es fundamental que las decisiones se tomen con base en datos, y no solo en intuiciones. Cada cambio importante debería ir acompañado de una memoria económica seria, con estimaciones, simulaciones y criterios de revisión periódica.
Además, hace falta una verdadera cultura de evaluación fiscal. Es decir, saber qué efectos reales han tenido las deducciones, bonificaciones o tipos especiales que se han aprobado. Para eso, se necesitan órganos independientes y técnicos, capaces de auditar el sistema con perspectiva y sin presiones.
Un sistema tributario maduro no gira con cada legislatura. Se consolida cuando demuestra que funciona, que es transparente y que no se toca sin buenas razones.
III. Hacia una estructura fiscal más racional: cambiar el foco sin perder capacidad
La experiencia internacional muestra que los sistemas fiscales con mayor calidad institucional, menor distorsión económica y mejor desempeño en términos de crecimiento y empleo suelen compartir una característica estructural: una mayor orientación hacia la imposición indirecta y medioambiental, y un menor peso relativo de los impuestos sobre el trabajo y el capital productivo.
España, sin embargo, continúa anclada en un modelo fiscal intensivo en imposición directa y cotizaciones sociales, con una estructura que penaliza el empleo formal, introduce sesgos en la asignación de capital y desaprovecha el potencial recaudatorio y corrector de figuras como el IVA, los impuestos medioambientales o la fiscalidad inmobiliaria.
Reorganizar esta estructura no implica recaudar menos, sino hacerlo de forma más inteligente, más estable y menos dañina para la actividad económica.
1. Reducir el peso de la imposición sobre el trabajo
Las rentas del trabajo soportan en España una carga fiscal elevada, especialmente en la parte media y alta de la distribución, a lo que se suman unas cotizaciones sociales empresariales que se encuentran entre las más altas de Europa.
Las cotizaciones sociales a cargo del empleador superan el 28% del coste laboral, frente al 21,5% de la media de la OCDE.
El IRPF presenta tipos marginales relativamente altos a partir de rentas relativamente bajas, con escaso margen de deducción para ahorro o formación.
La doble imposición efectiva sobre el trabajo y el capital humano reduce el retorno neto a la educación y desincentiva el esfuerzo laboral en colectivos jóvenes y cualificados.
2. Reforzar la imposición sobre el consumo
En un entorno de mayor movilidad de capital y personas, el consumo presenta ventajas claras como base tributaria: es más estable, menos evasiva y más neutral. Sin embargo, el diseño del IVA español erosiona su potencial recaudatorio:
Los tipos reducidos (10%) y superreducidos (4%) se aplican sobre más del 50% del gasto gravado, incluyendo bienes y servicios de lujo sin justificación redistributiva.
España presenta uno de los tipos efectivos de IVA más bajos de la UE (15,5% en 2024), pese a tener un tipo general del 21%.
El diseño actual introduce efectos regresivos mal calibrados, que podrían compensarse con instrumentos más eficaces y focalizados, como las transferencias reembolsables.
3. Activar la fiscalidad medioambiental
España presenta un déficit estructural en fiscalidad ambiental. A pesar de los compromisos europeos y de los riesgos asociados al cambio climático, los ingresos por impuestos medioambientales están mal diseñados y son escasos:
En 2021 representaron solo el 1,8% del PIB, frente al 2,4% de media en la UE y más del 3% en países como Países Bajos o Dinamarca.
El 80% de la recaudación se concentra en el impuesto sobre hidrocarburos, con escasa capacidad de discriminación según contenido en carbono o impacto ambiental.
Muchas figuras autonómicas y locales tienen carácter meramente recaudatorio, con bases inconsistentes y estructuras jurídicas inestables.
4. Revalorizar la fiscalidad sobre la propiedad
La propiedad inmobiliaria en España está infragravada en algunos aspectos (uso ineficiente del suelo, vivienda desocupada), y sobregravada en otros (triple imposición: IRPF imputado, IBI, IP). Además, la fiscalidad patrimonial autonómica ha introducido divergencias que afectan a la movilidad y a la equidad interterritorial.
El IBI grava tanto el suelo como las construcciones, pero no refleja el valor económico real del activo más inelástico: el suelo urbanizable, cuya escasez relativa y mala asignación genera ineficiencias en el mercado de la vivienda.
El Impuesto sobre el Patrimonio genera distorsiones y favorece la deslocalización, con escasa recaudación y elevado coste político.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es complejo, desigual entre comunidades y vulnerable a estrategias de planificación.
IV. Propuesta de reforma del IRPF
Un impuesto más simple, más neutral, más justo
1. Objetivos
Ampliar la base imponible eliminando tratamientos preferenciales no justificados.
Simplificar la estructura tarifaria para reducir costes de cumplimiento y evitar desincentivos laborales.
Reforzar la relación entre IRPF y sistema de prestaciones mediante deducciones reembolsables.
Preservar la progresividad con menor coste en eficiencia económica.
2. Propuestas
A. Supresión de beneficios fiscales ineficientes
Eliminación de los mínimos personales y familiares (por contribuyente, descendientes, ascendientes, discapacidad…). Todos.
Supresión de la reducción por tributación conjunta, dado su efecto negativo sobre la participación laboral del segundo perceptor, especialmente mujeres.
Eliminación de las deducciones por inversión en vivienda habitual, alquiler de vivienda o planes de pensiones individuales, por ser regresivas y tener escasa eficacia conductual.
Supresión del tratamiento diferencial para rendimientos irregulares, generalizando la integración en la base sin coeficientes reductores.
Eliminación del régimen de módulos (estimación objetiva), sustituido por estimación directa simplificada para autónomos con ingresos reales, como en Estonia o Reino Unido.
Estas medidas permiten ensanchar la base imponible y simplificar radicalmente el diseño del impuesto.
B. Reducción de tramos y reformulación de la tarifa general
Se propone una tarifa general con solo cuatro tramos estatales, a los que se sumará el tramo autonómico. El tipo total (estatal + autonómico) debería aproximarse a lo siguiente:
Hasta 20.000€: 15%
Hasta 40.000€: 25%
Hasta 80.000€: 35%
Más de 80.000€: 45%
Se abandona la lógica de tramos crecientes en número y fragmentación, y se adopta un esquema de progresividad lineal y previsible.
Los tramos se deflactarán con el IPC anualmente. Por ley.
C. Reforma de la base del ahorro
Se adopta una base del ahorro separada, con un tipo proporcional único del 20%–22% para:
Dividendos.
Intereses.
Ganancias patrimoniales, sin distinción por antigüedad.
Se permite compensación plena de pérdidas y ganancias dentro del ejercicio y con arrastre plurianual (3 o 5 años), como en los modelos nórdicos.
Se eliminan escalones artificiales, reducciones históricas, y discriminaciones por naturaleza del activo.
Tal y como ya se hace en el País Vasco, el valor de compra de los activos se actualiza con el IPC a la hora de calcular las pérdidas y las ganancias.
Esta base promueve el ahorro productivo, reduce la planificación fiscal y mejora la neutralidad frente a otras formas de renta.
D. Declaración universal y simplificación del procedimiento
Obligación universal de presentar declaración
Todos los residentes presentarán declaración, incluso con un único pagador, como ocurre en Alemania, Dinamarca u Holanda. Esto mejora la transparencia, facilita el cumplimiento y fortalece el vínculo entre contribución y prestación.
Predeclaración integrada y simplificada
Predeclaración completa y editable elaborada por la AEAT para todos los contribuyentes sin actividad económica.
Declaración digital integrada con Seguridad Social y prestaciones.
Simulador interactivo en línea de ingresos netos, tributos y transferencias.
E. Un crédito fiscal reembolsable como columna vertebral redistributiva: el EITC
La propuesta sustituye los mínimos personales y familiares actuales —complejos, regresivos y poco eficaces—, así como la deducción general y la deducción por rendimientos del trabajo, por un crédito fiscal reembolsable de nueva generación, inspirado en el Earned Income Tax Credit de Estados Unidos o el Prime d’activité francés.
Este crédito funcionaría como un impuesto negativo para rentas bajas: si el contribuyente no tiene suficiente cuota a pagar, recibiría una cantidad directamente del Estado.
Diseño propuesto:
1.200 € anuales por contribuyente.
1.000 € adicionales por cada hijo a cargo.
Actualización automática con el IPC.
Cobro mensual anticipado a través de la Seguridad Social o la AEAT.
Además, este EITC actuaría como mecanismo compensador ante la supresión de los tipos reducido y superreducido del IVA (ver propuesta más adelante) o de los impuestos medioambientales (también más adelante, dije que te iba a decepcionar). De este modo, se protege a los hogares de menor renta frente al posible impacto redistributivo de una base de consumo más amplia, sin necesidad de mantener distorsiones en el propio impuesto indirecto.
En conjunto, el EITC mejora la equidad del sistema, reduce la pobreza laboral y refuerza la legitimidad del IRPF como herramienta contributiva y redistributiva al mismo tiempo.
Aplicando los nuevos tramos, el EITC de 1.200€ por contribuyente y la compensación del IVA para las rentas bajas (estimación), la curva del IRPF para un contribuyente sin hijos quedaría de la siguiente forma:
3. Conclusión
La reforma del IRPF propuesta permitiría:
Ampliar la base imponible eliminando deducciones regresivas y tratamientos arbitrarios.
Simplificar la estructura tarifaria con menos tramos y tipos más previsibles.
Establecer un modelo dual claro: progresivo para el trabajo, proporcional para el capital.
Reforzar la progresividad mediante un crédito fiscal reembolsable (EITC), sustituyendo mínimos y deducciones familiares.
Facilitar el cumplimiento con una declaración universal, digital y precumplimentada.
V. Reforma del Impuesto sobre Sociedades
Menos distorsión, más neutralidad, mayor estabilidad
1. Diagnóstico
El IS español presenta tres grandes problemas estructurales:
Alta complejidad normativa: desde 2014, el IS ha sido reformado más de 15 veces, muchas por vía urgente, generando inseguridad jurídica y volatilidad normativa.
Base imponible erosionada: por acumulación de créditos fiscales, ajustes extracontables innecesarios, y una proliferación de incentivos fiscales cuya eficacia es dudosa.
Tipo nominal poco competitivo: el 25% está por encima de la media de la UE (22%) y del área euro (24,1%). El tipo efectivo real oscila entre el 19% y el 22% dependiendo del tamaño de empresa.
2. Propuestas
A. Reforzar la estabilidad normativa y simplificar la base imponible
Congelación normativa durante un período mínimo de cinco años tras la reforma (salvo ajustes técnicos).
Reducción del número de ajustes extracontables no imprescindibles.
Convergencia contable-fiscal: acortar la distancia entre resultado contable y base imponible, eliminando tratamientos que distorsionan la decisión empresarial.
B. Revisión del tipo nominal y del tipo efectivo
Reducción del tipo nominal al 22%, pero con simplificación de beneficios fiscales que erosionan la base sin justificación.
Introducción de un tipo reducido del 15% para microempresas (menos de 5 trabajadores y base imponible inferior a cierto umbral), con control ex post y sin distorsionar el sistema general. Que vaya creciendo progresivamente, sin saltos, hasta el tipo del 22% general en función del número de empleados y la base imponible.
C. Eliminación y evaluación de beneficios fiscales
Revisión exhaustiva del catálogo de incentivos fiscales
Supresión de los regímenes ineficientes o redundantes (SICAV, SOCIMI, deducciones sin efecto incentivador claro).
Evaluación ex post obligatoria para cualquier nuevo incentivo (vinculación con impacto medible en inversión, empleo o I+D+i).
D. Incentivos a la inversión y al crecimiento
Recuperar la libertad de amortización para inversiones productivas en sectores estratégicos o en digitalización y transición verde.
Deducción reforzada por I+D+i, con devolución automática si no hay cuota, previa validación por la AEAT y CDTI.
E. Seguridad jurídica y relación con el contribuyente
La Agencia Tributaria debería publicar de forma clara y regular cómo interpreta las normas, para que todas las empresas sepan a qué atenerse.
Las empresas deberían poder cerrar acuerdos previos con Hacienda para evitar sorpresas, especialmente en operaciones complejas.
Se necesita un sistema más ágil y justo para resolver conflictos, sin que todo acabe en los tribunales.
3. Conclusión
La reforma del Impuesto sobre Sociedades debe:
Ampliar bases eliminando privilegios y distorsiones.
Ofrecer tipos competitivos, pero con mayor efectividad recaudatoria.
Mejorar la estabilidad normativa y la confianza jurídica.
Convertir el IS en un verdadero backstop del IRPF, no en una vía de planificación fiscal.
VI. Reforma del IVA
Un impuesto más simple, más neutral y más eficaz
1. Diagnóstico
El sistema actual del IVA en España presenta dos grandes problemas:
Una base erosionada por el uso excesivo de tipos reducidos y exenciones: más del 50% del consumo gravado no tributa al tipo general del 21%, lo que genera un gran “policy gap” (diferencia entre lo que se recaudaría si se aplicara el tipo general y lo que se recauda realmente). En 2019, el “Rate Gap” en España era del 13,96%, frente al 9,8% de media en la UE.
Baja eficiencia redistributiva: los tipos reducidos y superreducidos benefician proporcionalmente más a los hogares con rentas altas, al no estar focalizados. Por ejemplo, solo un tercio del beneficio fiscal del tipo superreducido (4%) sobre alimentos y medicamentos va a parar a los tres primeros deciles de renta.
2. Propuestas
A. Supresión gradual de los tipos reducido (10%) y superreducido (4%)
Reemplazo progresivo por un tipo general homogéneo entre el 19% y el 21%.
Periodificación de la transición, una vez consolidada la recuperación económica tras inflación, para evitar efectos contractivos o sociales no deseados.
B. Compensaciones dirigidas a hogares vulnerables
Introducción de las deducciones reembolsables mencionadas en la propuesta del IRPF para los hogares de menor renta (3 primeros deciles), a partir del consumo estimado.
Mecanismo de cobro mensual anticipado en la AEAT o vía Seguridad Social.
C. Simplificación normativa y armonización
Eliminación progresiva de regímenes especiales marginales.
Modificación del régimen de criterio de caja: permitir deducción al destinatario sin que el proveedor haya ingresado el IVA, lo que haría más atractivo el sistema para PyMEs (actualmente solo lo aplica el 1%).
Armonización del sistema de franquicias del IVA con un umbral común de 50.000 €, en línea con la nueva Directiva europea. [Esto creo que ya está en marcha]
3. Justificación
El IVA es el impuesto más eficiente desde el punto de vista recaudatorio. Aplicar un único tipo a una base amplia lo convierte en una herramienta potente y difícil de eludir.
Los objetivos redistributivos deben alcanzarse por el lado del gasto, no mediante tratamientos diferenciales en la imposición indirecta. La literatura respalda esta estrategia.
La reforma debe aplicarse con gradualidad, transparencia y acompañamiento político para evitar oposición social desinformada.
4. Conclusión
Un IVA con base más amplia y tipo único moderado:
Mejora la recaudación sin subir tipos.
Reduce la complejidad y el coste de cumplimiento.
Elimina distorsiones sectoriales y de consumo.
Permite redirigir los recursos públicos a ayudas mejor focalizadas.
VII. Reforma de la fiscalidad medioambiental
Un sistema coherente, eficiente y compatible con la transición energética
1. Diagnóstico
España presenta un bajo nivel de fiscalidad medioambiental, tanto en comparación con la media de la UE como respecto a su potencial recaudatorio:
En 2019, los ingresos por impuestos ambientales representaban solo el 1,8% del PIB, frente al 2,4% de la media de la UE.
La recaudación depende en más del 80% de los hidrocarburos, mientras que otros vectores (agua, residuos, emisiones industriales, fertilizantes) están infragravados o solapados por tributos autonómicos mal coordinados.
Muchos tributos tienen un diseño recaudatorio, no corrector, y generan litigiosidad o ineficiencia económica.
España no dispone aún de un sistema estable de señal de precios del carbono más allá del mercado ETS europeo.
2. Propuestas estructurales
A. Reforma de la fiscalidad sobre los hidrocarburos y la energía
Introducción de una nueva estructura de tipos impositivos en función del contenido energético y del impacto ambiental (emisiones de CO₂ y otros contaminantes) en línea con la reforma de la Directiva 2003/96/CE.
Incremento gradual de los tipos del diésel y gas natural para igualarlos con la gasolina en términos de coste por tonelada de CO₂.
Eliminar exenciones injustificadas para gasóleo profesional, transporte marítimo o agrícola, y sustituirlas por ayudas directas, condicionadas a la transición energética.
B. Reforma del Impuesto de Matriculación (IEDMT) y de Vehículos (IVTM)
Rediseño del IEDMT para vincularlo estrictamente a las emisiones de CO₂ y NOx del vehículo. Establecer umbrales anuales revisables en función de estándares europeos.
Modulación del IVTM según kilómetros recorridos y tecnología del motor como en Alemania o Países Bajos (modelo de uso, no de tenencia).
C. Nuevos impuestos ambientales estratégicos a valorar
Impuesto sobre billetes de avión (vuelo nacional/intracomunitario)
Impuesto sobre fertilizantes nitrogenados
Pago por uso de infraestructuras viarias (modelo de viñeta o kilometraje)
3. Compensaciones sociales y de competitividad
Parte de la recaudación de estos impuestos debe ir dirigida a transferencias directas a hogares vulnerables para neutralizar la regresividad de impuestos sobre energía, mediante bonos energéticos y subsidios para renovación de calderas, aislamiento o compra de vehículos con menor emisión de CO₂ (no necesariamente eléctricos)
Establecimiento de un fondo de transición, dotado con parte de los ingresos para apoyar a sectores en reconversión (agrario, transporte pesado, industria electrointensiva).
4. Conclusión
Una reforma estructural de la fiscalidad ambiental debe:
Corregir externalidades y reflejar el coste ambiental real de la producción y el consumo.
Reforzar la señal de precios, favoreciendo la eficiencia energética y la transición ecológica.
Financiar parte de la descarbonización con instrumentos más estables y eficientes que las subvenciones presupuestarias.
Ser progresiva en su diseño, no en sus efectos: compensar bien, gravar mejor.
VIII. Reforma de la fiscalidad inmobiliaria
Del valor catastral al valor del suelo: eficiencia, equidad y uso productivo de la propiedad
1. Diagnóstico
La fiscalidad sobre la propiedad inmobiliaria en España es compleja, redundante y en parte anacrónica:
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es el principal tributo local, pero su base imponible (valor catastral) no refleja con fiabilidad el valor real de los inmuebles ni su uso efectivo del suelo.
Existe una triple imposición sobre la vivienda:
IBI (local),
imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF,
e Impuesto sobre el Patrimonio (IP), cuando procede.
No se penaliza el acaparamiento especulativo de suelo urbano ni se incentiva suficientemente su puesta en uso.
La estructura actual desincentiva la rehabilitación o mejora de edificios, ya que el IBI grava el conjunto del inmueble (suelo + construcción).
El sistema actual no cumple los principios de eficiencia, neutralidad ni equidad horizontal, y obstaculiza el desarrollo de un mercado de vivienda más dinámico y asequible.
2. Propuesta: sustitución del IBI por un impuesto local sobre el valor del suelo
A. Estructura del nuevo impuesto
Base imponible: valor de mercado del suelo urbanizado o urbanizable, excluyendo el valor de la edificación.
Periodicidad: anual, como el IBI.
Gestión: municipal, pero con valoraciones homogéneas y centralizadas desde el Catastro, revisadas periódicamente con métodos automatizados basados en precios de mercado (como en países nórdicos o Nueva Zelanda).
Tipo impositivo: definido por cada ayuntamiento, dentro de una horquilla nacional fijada por ley estatal (por ejemplo: 0,5%–1,2% del valor del suelo).
Exenciones estrictamente limitadas: solo para suelos de dominio público o protegidos por razones ambientales o patrimoniales.
B. Transición
El nuevo impuesto sustituiría por completo al IBI, que quedaría derogado.
También se eliminaría la imputación de renta inmobiliaria en el IRPF para vivienda habitual, evitando la actual doble imposición sobre el uso propio del inmueble.
Se revisaría la compatibilidad con el Impuesto sobre el Patrimonio, que debería suprimirse o reformularse profundamente para evitar redundancias.
C. Justificación
Eficiencia y neutralidad:
El suelo es un factor de producción inelástico: su oferta no responde a precios ni a impuestos. Por tanto, gravarlo no distorsiona decisiones económicas ni reduce inversión.
Penaliza el uso improductivo del suelo urbano (como solares sin edificar o activos inmobiliarios desocupados).
No desincentiva la mejora o rehabilitación de edificios, al gravar solo el suelo y no las construcciones.
Equidad horizontal:
Refleja mejor la capacidad económica real asociada a la tenencia de inmuebles, especialmente en áreas tensionadas con fuerte revalorización del suelo.
Corrige injusticias generadas por valoraciones catastrales obsoletas, que pueden beneficiar a inmuebles antiguos en zonas prime frente a nuevos en zonas periféricas.
Autonomía financiera municipal:
Proporciona una base fiscal más transparente, estable y controlable para los ayuntamientos.
Refuerza la corresponsabilidad fiscal y mejora la rendición de cuentas local.
3. Propuesta: tributación sobre adquisición de vivienda
A. Unificación parcial y armonización IVA–ITP
Se propone avanzar hacia una convergencia funcional de los dos impuestos:
Establecer una base de cálculo homogénea: valor de referencia público, revisable periódicamente, con posibilidad de impugnación motivada.
Para operaciones entre particulares, se mantendría un ITP simplificado con un tipo nacional del 5%, de carácter finalista.
Para operaciones sujetas a IVA, mantener el 10% solo para vivienda habitual de nueva construcción, con posibilidad de diferimiento en el pago (ver siguiente punto).
B. Establecimiento de un régimen de diferimiento del pago del IVA e ITP en la compra de vivienda habitual
Se propone introducir la posibilidad de diferir el pago tanto del IVA como del ITP en la adquisición de vivienda habitual, en condiciones similares, para garantizar la neutralidad entre vivienda nueva y usada.
Ámbito:
Viviendas adquiridas como residencia habitual, ya sean nuevas (sujetas a IVA) o usadas (sujetas a ITP).
Personas físicas residentes en España, sin otra vivienda en propiedad.
Duración del aplazamiento:
Hasta 10 años, con posibilidad de amortización anticipada sin penalización.
Forma de pago:
Cuotas anuales fijas, incorporadas al recibo municipal o gestionadas por la AEAT (en el caso del IVA) o por las agencias autonómicas (en el caso del ITP).
Tipo de interés:
Cero o simbólico (p. ej., vinculado al interés legal del dinero).
C. Justificación:
El pago de estos tributos puede suponer entre un 6% y un 10% del valor de compraventa, lo que genera una barrera de entrada especialmente elevada para jóvenes y familias con ahorro limitado.
El diferimiento mejora la liquidez inicial de los hogares, sin renunciar a la recaudación futura, y permite transformar un coste inicial en un pago recurrente más asumible.
Introducir un régimen paralelo para IVA e ITP garantiza neutralidad fiscal entre vivienda nueva y usada, evitando distorsiones de elección no deseadas.
4. Conclusión
La reforma de la fiscalidad inmobiliaria debe abordar tanto la tenencia como la adquisición de vivienda con criterios de eficiencia, neutralidad y equidad.
La sustitución del IBI por un impuesto sobre el valor del suelo permitiría desincentivar el uso especulativo del suelo urbano, simplificar la tributación sobre la propiedad y dotar a los ayuntamientos de un instrumento más transparente y progresivo.
Complementariamente, armonizar la tributación por la compra de vivienda mediante una base objetiva común para IVA e ITP y un régimen de pago diferido en vivienda habitual, reduciría barreras de acceso, corregiría distorsiones entre vivienda nueva y usada y reforzaría la equidad intergeneracional.
Ambas medidas constituyen un paso decisivo hacia una fiscalidad inmobiliaria moderna, funcional y al servicio de una economía urbana más justa y dinámica.
IX. Impacto económico estimado de la reforma tributaria
A continuación se presenta una estimación de alto nivel del impacto recaudatorio neto de las principales medidas incluidas en la propuesta de reforma tributaria. Las cifras son aproximadas y orientativas, y reflejan un escenario de aplicación gradual y técnicamente calibrada a medio plazo.
Se ha considerado tanto el aumento de recaudación por ampliación de bases y eliminación de beneficios fiscales, como el coste de las medidas compensatorias necesarias (por ejemplo, créditos fiscales reembolsables o transferencias directas).
Estas cifras no pretenden ser una proyección exacta, sino una cuantificación agregada de las órdenes de magnitud asociadas a cada bloque de reforma.
X. Conclusión
La reforma tributaria que propongo busca modernizar el sistema fiscal español para que funcione mejor: que recaude de forma más eficiente, que interfiera menos en la economía y que sea más justo con las personas y las empresas. No se trata de recaudar más o menos, sino de recaudar de forma más inteligente. Con menos trabas, más claridad y una distribución del esfuerzo fiscal más equilibrada.
Este enfoque no parte de cero. Está basado en muchas de las recomendaciones que han venido haciendo, durante años, organismos nacionales e internacionales con credibilidad técnica. Entre ellos:
El Libro Blanco sobre la Reforma Tributaria, encargado por el propio Ministerio de Hacienda en 2022. Sí, el actual.
La AIReF, que ha analizado en detalle el coste y la eficacia de los beneficios fiscales, especialmente en el IRPF y el IVA.
El Banco de España, que insiste en que España debe reducir su dependencia de los impuestos sobre el trabajo y reforzar la fiscalidad verde y el consumo.
El FMI, que en sus revisiones periódicas reclama más eficiencia recaudatoria y un sistema más simple.
La OCDE, que defiende una fiscalidad más neutra, más digital y mejor alineada con la economía real.
La Comisión Europea, que subraya la necesidad de eliminar tratamientos regresivos y aumentar la sostenibilidad fiscal a largo plazo.
También me he apoyado en el trabajo de instituciones como el IEE, FEDEA, BBVA Research, el Consejo General de Economistas y en varios análisis académicos que han diagnosticado con claridad las debilidades de nuestro sistema.
Esta propuesta no pretende romper con nada, sino reconstruir con sentido común y evidencia. Un sistema fiscal que no frene el crecimiento, que premie el esfuerzo y que acompañe la transformación económica que España necesita.
Bonus: Con lo que me gusta a mí hablar de las pensiones ¿por qué no he incluido un apartado de cotizaciones sociales? Considero que todo lo que tenía que decir sobre cotizaciones a la Seguridad Social ya lo he hecho en la propuesta sobre pensiones y en la propuesta sobre mercado laboral. Spoiler: No hay mucho margen para bajarlas inmediatamente, tenemos que trabajar en el largo plazo.
Trabajazo. Pero se haga como se haga, los impuestos deben bajar, no subir aún más. Abogar por un 45% IRPF por encima de 80k€ es una distopía...
Bravísimo análisis.